Política de protección y tratamiento de datos

 

  • Introducción

 

En cumplimiento de la Ley 1581 de 2012, reglamentada por el Decreto 1377 de 2013, se presenta la siguiente política en la que se expone la información respecto a la recolección, uso y transferencia de datos personales para el colegio Gimnasio Virtual San Francisco de Asís, el cual, en adelante se denominará “El Colegio” las cuales se ha recibido autorización por parte de trabajadores, contratistas, proveedores, estudiantes, exalumnos, acudientes, entre otros (activos e inactivos), y sus datos personales se encuentran resguardados en las Bases de Datos del Colegio.

Dentro de la presente política, se encuentran las medidas de seguridad que se han implementado dentro de la Institución Educativa, de tal forma que todos los titulares puedan hacer uso del derecho al Habeas Data, que se encuentra detallado en procedimiento interno que se llevará a cabo por parte del Colegio, y así pueda darse el cumplimiento a lo dispuesto en la normatividad colombiana anteriormente citada.

Los datos recolectados, se emplean con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones normativas reglamentadas por la Ley 1581 de 2012 y en aras de atender requerimientos de los titulares de los datos personales.

 

  • Identificación del Responsable del Tratamiento de Datos Personales 

 

Nombre: Colegio Gimnasio Virtual San Francisco de Asís

NIT 900826416-0

Representante Legal: Jesús Ramón Gómez

El Colegio Gimnasio Virtual San Francisco de Asís, es una Institución Educativa por Ciclos Lectivos Especiales Integrados CLEI, que imparte  formación a Distancia a jóvenes y adultos de acuerdo a lo reglamentado en el Decreto 1075 de 2015.

Domicilio y Dirección: El Colegio tiene su domicilio principal en la Ciudad de Pereira, Risaralda.

Correo Electrónico: tratamientodedatospersonales@tucole.edu.co

Teléfono del Responsable: 606 316 5101 

 

  • Marco Legal

 

  • Constitución Política de Colombia
  • Ley 1098 de 2006 (Ley de Infancia y Adolescencia)
  • Ley 1266 de 2008
  • Ley 1581 de 2012
  • Decreto Reglamentario 1377 de 2013

 

  • Definiciones Generales – Tomadas de forma textual  de la Ley 1581 de 2012

 

  1. a) Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de datos personales;
  2. b) Base de Datos: Conjunto organizado de datos personales que sea objeto de Tratamiento;
  3. c) Dato personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables;
  4. d) Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento;
  5. e) Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos;
  6. f) Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento;
  7. g) Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre datos personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.

 

  • Ámbito de Aplicación

 

La presente política es aplicable a los datos personales que se hayan registrado en las Bases de Datos del Colegio y cuyo titular sea una persona natural, independientemente de si se encuentra en el territorio nacional o fuera del mismo.

 

  • Principios Aplicables al Tratamiento de Datos Personales

 

En el Colegio, nos acogemos a los principios rectores establecidos en el artículo 4to de la Ley 1581 de 2012

En el desarrollo, interpretación y aplicación de la presente ley, se aplicarán, de manera armónica e integral, los siguientes principios:

  1. a) Principio de legalidad en materia de Tratamiento de datos: El Tratamiento a que se refiere la presente ley es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en ella y en las demás disposiciones que la desarrollen;
  2. b) Principio de finalidad: El Tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular;
  3. c) Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento;
  4. d) Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. Se prohíbe el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error;
  5. e) Principio de transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernen;
  6. f) Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constitución. En este sentido, el Tratamiento sólo podrá hacerse por personas autorizadas, por el Titular y/o por las personas previstas en la presente ley;

Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la presente ley;

  1. g) Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento a que se refiere la presente ley, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;
  2. h) Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la presente ley y en los términos de la misma.

 

  • Destinatarios

 

Este documento se dirige  a las siguientes personas, quienes a su vez tendrán obligaciones referentes a la protección, uso y buen manejo de los datos. 

  • Representantes legales y directivos de la Institución.
  • Personal interno del Colegio, directores, profesores, secretarias, auxiliares, y demás empleados que custodien y traten bases de datos personales.
  • Personas externas al Colegio, es decir personas naturales o jurídicas que presten servicios a la Institución y las cuales tendrán conocimiento, acceso y manejo de las bases de datos personales. En este aparte se incluyen asociados, abogados, consultores, contadores, proveedores o con quienes se tenga alguna relación contractual de índole laboral, servicial o estatutaria.
  • Las demás personas que establezca la ley.

 

  • PRINCIPIOS APLICABLES AL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES 

 

Los principios aplicables corresponden a los consignados en la Ley 1581 de 2012, a saber:

 

Principio de finalidad: El tratamiento de los datos personales recogidos debe obedecer a una finalidad legítima, la cual debe ser informada al Titular quien a su vez expresará su autorización. 

Principio de libertad: El tratamiento sólo puede llevarse a cabo con el consentimiento previo, expreso e informado del Titular. Los datos personales no podrán ser obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento. 

Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. No será efectuado el Tratamiento de datos parciales, incompletos, fraccionados o que induzcan a error. 

Principio de transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Colegio en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan, los cuales se le otorgarán al titular con exactitud. 

Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la ley 1581 de 2012 y la Constitución. Los datos personales, exceptuando la información pública, y lo dispuesto en la autorización otorgada por el titular del dato, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o a terceros autorizados. 

Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por parte del Colegio se deberá proteger mediante el uso de las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. 

Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento.

 

  • DERECHOS DE LOS TITULARES DE LOS DATOS PERSONALES

 

 

De conformidad con el artículo 6 de la Ley 1266 de 2008 y, el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012, los derechos que como titular le asisten en relación con sus datos personales son:

 

  1. a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a los Responsables del Tratamiento o Encargados del Tratamiento. Este

derecho se podrá ejercer, entre otros frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo

Tratamiento esté expresamente prohibido o no haya sido autorizado;

  1. b) Solicitar prueba de la autorización otorgada al Responsable del Tratamiento salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para

el Tratamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la presente ley;

  1. c) Ser informado por el Responsable del Tratamiento o el Encargado del Tratamiento, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus

datos personales;

  1. d) Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la presente ley y las demás normas

que la modifiquen, adicionen o complementen;

  1. e) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías

constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado

que en el Tratamiento el Responsable o Encargado han incurrido en conductas contrarias a esta ley y a la Constitución;

  1. f) Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento

 

  • AUTORIZACIÓN PARA EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

 

 

Para que el colegio dé un adecuado tratamiento a los datos personales que sean almacenados o manipulados por la Institución Educativa, es necesario que se otorgue autorización informada, libre y expresa por parte de los titulares de los mismos o sus acudientes en caso de menores de edad.

El Colegio, informará a los titulares de la información o quien los represente el tratamiento que se dará, la finalidad del mismo, el carácter facultativo de las respuestas a preguntas en el caso de los datos de pertenecer a la infancia o adolescencia; expondrá las consecuencias, en el caso de hacer uso a la facultad de no responder, las consecuencias en la prestación del servicio educativo o contratación cuando no se respondan las preguntas que conciernen a datos indispensables. 

EL COLEGIO podrá solicitar al titular su autorización para el uso de sus datos indispensables para la remisión de información opcional correspondiente a servicios adicionales, verificación de datos a otras instituciones, ofertas laborales, presentación de pruebas de Estado, entre otros. 

En lo correspondiente al modo de obtener la autorización, EL COLEGIO recolectará la información correspondiente a datos personales de manera escrita a través de los formatos y textos que se establezcan para el efecto. 

En los documentos, formatos y/o textos que EL COLEGIO establezca para el efecto se incluirá siempre:

  • La mención de la presente política de tratamiento y su ubicación en la web institucional.
  • Datos de contacto del responsable del tratamiento.
  • Espacio para la firma del titular y, en caso dado, del padre de familia, acudiente, representante legal, y/o cualquier otro legitimado para el ejercicio de los derechos.

 

Dicha autorización podrá ser otorgada mediante:

  • Documento físico.
  • Documento electrónico.
  • Programa de Mensajería Instantánea.

 

  • AUTORIZACIONES DE MENORES DE EDAD 

 

Las autorizaciones de solicitud de datos personales de menores de edad serán otorgadas de manera conjunta por los acudientes, representantes legales, curadores, etc. y en el caso de mayores de edad por los titulares. La firma de los padres constituirá la autorización legal y la suscripción por parte del estudiante menor de edad representará su consentimiento sobre la autorización otorgada por los padres y/o acudientes. 

PARÁGRAFO: Será tenida en cuenta la suscripción de la autorización por parte del menor, en tanto que él deberá ser escuchado y valorado en su opinión teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto.

 

  • AUTORIZACIONES DE EGRESADOS Y EXALUMNOS 

 

El Colegio requiere de la autorización libre y expresa de los egresados, toda vez que para la institución sea necesario conservar sus datos.

Su información personal no será transferida a otras personas o entidades, a excepción de los casos que obliga la ley. En caso de que una persona natural, una empresa o una institución requieran de estos datos, el Colegio informará al egresado quien deberá autorizar a la institución de manera escrita la transferencia de sus datos a terceras personas o empresas.

 

  • AUTORIZACIONES DE ALUMNOS MAYORES DE EDAD 

 

EL COLEGIO implementará en la matrícula un texto, formato y/o autorización en la cual el estudiante y/o aspirante tendrá la posibilidad de incluir su potestad de autorizar a sus padres o acudientes para que soliciten información relacionada con sus datos personales y/o cualquier otra información relacionada con notas, certificaciones académicas y documentos similares. De igual manera, EL COLEGIO incluirá un espacio en el cual el estudiante/aspirante autorice de manera previa y expresa el tratamiento de datos personales relacionados directamente con la actividad educativa

 

  • AUTORIZACIONES DE TRABAJADORES Y CONTRATISTAS

 

 

EL COLEGIO implementará en los contratos laborales y/o de prestación de servicios un texto, formato y/o autorización con el fin de autorizar de manera previa y expresa el tratamiento de datos personales relacionados con la ejecución del contrato correspondiente, lo que incluirá la autorización de recolectar, modificar o corregir, datos personales del titular. 

El texto, formato y/o autorización también incluirá la autorización de que algunos de los datos, puedan ser entregados a terceros con los cuales EL COLEGIO tenga tareas tercerizadas las cuales en todo caso se limitarán en el uso que estos terceros le puedan dar a los datos. 

Excepcionalmente, existen algunos casos en que no se requerirá de la autorización expresa del titular de los datos o de los padres de familia de los alumnos menores, tales como: 

  • Cuando sea requerida por entidad pública o administrativa en cumplimiento de sus funciones legales o por orden judicial.
  • Cuando se trate de datos de naturaleza pública.
  • En casos de emergencia médica o sanitaria.
  • Cuando sea Tratamiento de información autorizada por la ley para fines históricos, estadísticos o científicos.
  • Cuando se trate de datos personales relacionados con el Registro Civil de las personas.
  • Cuando se solicite la validación de validez de certificados de estudio o títulos académicos otorgados por El Colegio.

 

  • PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS COMO TITULAR DE LOS DATOS 

 

 

  • PERSONA O ÁREA RESPONSABLE DE LA ATENCIÓN DE PETICIONES, CONSULTAS Y RECLAMOS 

 

El Gimnasio Virtual San Francisco de Asís ha designado como responsable de velar por el cumplimiento de esta política al interior de la institución a quien haga las veces de Secretaría Académica, quien estará disponible para la atención de peticiones, consultas y reclamos por parte de los titulares y para realizar cualquier actualización, rectificación y supresión de datos personales.

 

Asimismo, la Secretaria Académica, dará respuesta a cualquier duda o inquietud que cualquiera de nuestros funcionarios tenga, a través del correo electrónico que se relaciona en el encabezado de este documento.

 

  1. ACCESO DEL TITULAR O PADRE DE FAMILIA A SUS DATOS PERSONALES O A LOS DE SUS HIJOS

 

El titular, padre de familia o estudiante que desee acceder a sus datos personales almacenados y manejados por el Colegio, puede dirigirse al área de recursos humanos para solicitar el acceso a su información personal.

 

  1. PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN DE CONSULTAS

 

Los titulares, en el caso de los estudiantes menores de edad representados por sus padres o acudientes, podrán solicitar al COLEGIO la consulta de sus datos personales. Esta solicitud deberá ser realizada por escrito dirigido a la Secretaría Académica, precisando el tipo de dato que se desea consultar, nombre, apellido, cédula de ciudadanía, teléfono y correo electrónico al que se remitirá la información correspondiente. 

La Secretaria Académica, remitirá al titular la información consultada, la cual estará integrada por el listado de toda la información que esté vinculada con la identificación del titular en la base de datos. La consulta será atendida en un término máximo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de recibido de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término. 

La consulta se atenderá por escrito y no generará costo para el titular.

 

  1. PROCEDIMIENTO PARA LA SUPRESIÓN, CORRECCIÓN O ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN.

 

Los titulares podrán en todo momento solicitar al COLEGIO la supresión, corrección o actualización de sus datos personales y/o revocar la autorización otorgada para el tratamiento de los mismos, mediante la presentación de un reclamo de la siguiente manera:

  • El reclamo se formulará mediante comunicación dirigida a la Secretaría Académica con la identificación del titular, la descripción de los hechos que dan lugar a la solicitud, la dirección y acompañado de los documentos que soporten la solicitud de ser aplicable.
  • Si el reclamo resulta incompleto, la Secretaria Académica, requerirá al titular dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el titular presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.
  • Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, actividad que deberá realizarse en un término no superior a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
  • El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

 

PARÁGRAFO PRIMERO: EL COLEGIO asume que la voluntad del titular de suprimir la información de naturaleza indispensable responde a su desistimiento con la continuidad de la relación que tenga con la institución.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Cuando se trate de un alumno menor de edad quien solicite la información, actualización, modificación o supresión de alguno o todos sus datos, deberá hacerlo a través de sus padres y/o acudientes. 

Entiéndase como datos indispensables, aquellos datos personales de los titulares imprescindibles para llevar a cabo la actividad de educación en docencia, investigación y extensión. Estos datos de naturaleza indispensable deberán ser proporcionados por los titulares de los mismos o los legitimados para el ejercicio de estos derechos.

 

  1. REVOCATORIA DE LA AUTORIZACIÓN

Los padres de familia o los titulares de los datos personales podrán revocar total o parcialmente la autorización otorgada al Colegio para el tratamiento de sus datos personales o los de sus hijos, o solicitar la supresión de los mismos mientras no haya disposición legal que lo impida.

Para llevar a cabo la revocatoria o la supresión de su información, el titular o el padre de familia deberán manifestarlo por escrito al Colegio, quien no podrá en ningún caso obstaculizar esta pretensión, exceptuando los casos que determine la ley.

Si la revocatoria o supresión tienen carácter parcial, se deberán especificar los datos a los cuales se les seguirá dando el manejo, si por el contrario es total, cesará el almacenamiento y uso de todos los datos personales.

 

  1. MANEJO DE DATOS ENTRE PERSONAL INTERNO DEL COLEGIO 

Por las diferentes actividades que se llevan a cabo dentro de la Institución Educativa, es necesario que algunos administrativos, profesores y demás empleados tengan acceso a los datos personales de los alumnos, por lo tanto, estos firmarán un acuerdo de confidencialidad en el que tendrán la obligación de dar un uso adecuado a la información que llegue a su conocimiento y la prohibición que les asiste de manipular, transferir o transmitir estos datos sin la debida autorización.

 

  • DEBERES DE LOS RESPONSABLES Y ENCARGADOS DEL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES

 

 

  1. RESPONSABLES

De acuerdo al literal “e)” artículo 3 de la ley 1581 de 2012, es responsable la “persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los datos.” Razón por la cual el Colegio Gimnasio Virtual San Francisco de Asís, es el responsable de los tratamiento de datos personales tanto de los alumnos como del personal que preste sus servicios en la institución.

 

Se designará un oficial de protección de datos, quien deberá desarrollar un plan de supervisión y revisión anual, para lo cual tendrá que establecer las medidas de desempeño e incluir un calendario de cuándo deben ser revisadas las políticas y los controles del programa.

 

  1. DEBERES DE LOS RESPONSABLES

Los deberes de los responsables, serán los consignados en la Ley 1581 de 2012 así:

  • Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data;
  • Solicitar y conservar, en las condiciones previstas en la presente ley, copia de la respectiva autorización otorgada por el Titular;
  • Informar debidamente al Titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten por virtud de la autorización otorgada;
  • Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;
  • Garantizar que la información que se suministre al Encargado del Tratamiento sea veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible;
  • Actualizar la información, comunicando de forma oportuna al Encargado del Tratamiento, todas las novedades respecto de los datos que previamente le haya suministrado y adoptar las demás medidas necesarias para que la información suministrada a este se mantenga actualizada;
  • Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente al Encargado del Tratamiento;
  • Suministrar al Encargado del Tratamiento, según el caso, únicamente datos cuyo Tratamiento esté previamente autorizado de conformidad con lo previsto en la presente ley;
  • Exigir al Encargado del Tratamiento en todo momento, el respeto a las condiciones de seguridad y privacidad de la información del Titular;
  • Tramitar las consultas y reclamos formulados en los términos señalados en la presente ley;
  • Adoptar un manual interno de políticas y procedimientos para garantizar el adecuado cumplimiento de la presente ley y en especial, para la atención de consultas y reclamos;
  • Informar al Encargado del Tratamiento cuando determinada información se encuentra en discusión por parte del Titular, una vez se haya presentado la reclamación y no haya finalizado el trámite respectivo;
  • Informar a solicitud del Titular sobre el uso dado a sus datos;
  • Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad y existan riesgos en la administración de la información de los Titulares.
  • Cumplir las instrucciones y requerimientos que imparta la Superintendencia de Industria y Comercio.

 

  1. ENCARGADOS: 

Según el literal “d)” del artículo 3 de la ley 1581 de 2012, es encargado la “Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del Responsable del Tratamiento. “La persona que esté encargada del tratamiento de los datos debe actuar por instrucción precisa del responsable”.

Los Encargados son personas internas (empleados) y externas al colegio, entiéndase por externas las personas naturales o jurídicas que tratan datos que el Colegio les suministra por razón de sus labores, entre ellos se encuentran los abogados, consultores o proveedores. Estas personas tendrán que ceñirse a los deberes legales e institucionales sobre el tratamiento de los datos personales. 

Las personas encargadas de tratar los datos personales serán la Secretaria Académica, las personas de Coordinación Académica y Coordinación Técnica. 

 

  1. DISPOSICIÓN FINAL DE LOS DATOS PERSONALES 

Cuando por solicitud escrita de un usuario o en caso de que el Colegio ya no requiera almacenar y tratar los datos personales de algún titular, bien sea un alumno, exalumno, egresado, padres de familia y/o acudientes, profesores, proveedores, personal interno y externo, se procederá a eliminarlos de la base de datos implementada.

Si se requiere obtener nuevamente los datos, se tendrá que firmar una nueva autorización. Se exceptúa de esta supresión los datos que por disposición legal deban ser conservados.

 

  • MODIFICACIÓN DEL MANUAL

 

El presente manual podrá ser modificado en cualquier momento, lo cual se comunicará a los titulares, para que conozcan los procedimientos internos que se han adecuado dentro del COLEGIO. 

Los cambios que se realicen en este documento no alterarán ni afectarán de forma alguna los datos personales suministrados por los titulares.

 

FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL  PRESENTE MANUAL PARA EL   TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES 

La fecha de entrada en vigencia del presente manual será el día 26 de Septiembre del 2022, y se encontrará vigente hasta tanto no se realice modificación alguna del mismo.